Nuevos hits de Gallardón, el Ministro Cursilón

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theiban
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Nuevos hits de Gallardón, el Ministro Cursilón

Mensajepor theiban » Jue Sep 19, 2013 11:10 am

Este señor nos arrastra al medievo:

El nuevo Código Penal prevé hasta seis años de cárcel para los titulares de webs de enlaces
El juez podrá ordenar el bloqueo del acceso a la web y la retirada de los contenidos

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/es ... 213336.htm

19 de septiembre de 2013 10:05

El anteproyecto de reforma de la Ley del Código Penal que está sobre la mesa debatirá incluir la pena de cárcel para los titulares o administradores de las webs de enlaces. Se le llaman así a las páginas que, aunque no cuentan con contenidos protegidos por los derechos de autor, muestran el camino hacia las que sí los tienen de forma masiva.
Según recoge El País, la propuesta de Alberto Ruiz Gallardón contempla penas de entre dos y seis años de cárcel, multas de 18 a 36 meses e inhabilitación especial para trabajar en el ámbito relacionado con el delito.
Estas mismas penas serán a las que se enfrenten aquellos que sean responsables de una web de descargas en la que se facilita la localización de contenidos con propiedad intelectual para los que no se ha obtenido permiso del autor, siempre que se obtenga algún tipo de beneficio. En el caso de las páginas en las que los usuarios son los que suben los enlaces, también serán considerados como responsables los titulares de la web.
En caso de ratificarse la comisión del delito, el juez podrá bloquear el acceso a la web de descargas y la retirada de los contenidos.
Top manta
El borrador de la reforma del Código Penal también pena a los casos de venta ambulante, conocido como top manta. La pena podría ser de seis meses a dos años si ha sido una actividad ocasional pero en caso de que cuente con antecedentes o el beneficio económico sea muy alto, la pena se podría sustituir por una multa de uno a seis meses o trabajos comunitarios de 31 a 60 días. Estos supuestos también serán aplicados para los que exporten o almacenen las copias digitales y otras obras protegidas por los derechos de autor.
También está contemplado en el proyecto de Ruiz Gallardón la fabricación, importación o tenencia de dispositivos que neutralicen la protección de programas de ordenador o de consolas. En este caso las multas serán de entre dos o cuatro veces más del beneficio obtenido o que se pudiera lograr.
Esta no es la primera medida del gobierno del PP en cuanto a protección de la propiedad intelectual, el Consejo de Ministros ya aprobó otro anteproyecto con medidas como cambios en la definición de copia privada o un nuevo canon para las universidades.

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FEMDOM
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Mensajepor FEMDOM » Jue Sep 19, 2013 11:25 am

Joder. Facil!! Con añadir poder mandar sobres/transferencias/dinero negro con esas web de enlaces
Ya volvera a ser legal. Por k sus mayores usuarios seran como tidos sabemos los politicos peperos
theiban
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Mensajepor theiban » Jue Sep 19, 2013 11:41 am

Otra del Gallardón:

Gallardón cede a las presiones de las asociaciones judías: En España se podrá negar a Dios, pero discutir el holocausto será considerado delito

http://www.alertadigital.com/2012/11/07 ... olocausto/

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En España se podrá seguir negando a Dios y los dogmas de la Iglesia con entera libertad. Con la misma libertad que se podrá negar los crimenes de Stalin o que los norteamericanos fuesen los autores de las dos bombas atómicas lanzadas contra sendas ciudades japonesas en 1945. Tampoco tendrá ninguna responsabilidad penal negar los crimenes de los yemeres rojos, la matanza de hutus en el Congo, ponderar a Pol Pot como un dechado de virtudes pacifistas o blasfemar contra los símbolos sagrados del Cristianismo.
En cambio, en la España de Rajoy y de Alberto Ruíz Gallardón, la versión oficial acerca del holocausto pasa a convertirse en axioma irrefutable, en dogma de fe de obligado acatamiento. Cualquier refutación u opinión contraria pasarán a estar tipificados como delitos.
Así, el Gobierno quiere incluir como delito en el Código Penal la negación y trivialización del Holocausto. Esta medida, anunciada por el ministro de Justicia, está contenida en el anteproyecto con el que trabaja su ministerio.
El Ejecutivo, al recoger esta mención específica ?en el borrador no se alude al término Holocausto, pronunciado por Gallardón en rueda de prensa, sino que se apunta a delitos que ?hubieran sido declarados probados por los Tribunales de Nüremberg??, cumple así con una de las exigencias más demandadas por las asociaciones judías: que el negacionismo sea considerado en sí mismo un delito.
El Gobierno ha ido más lejos que lo que pedía Europa en la redacción de este artículo. Gallardón justificó la inclusión del delito, penado hasta con dos años de cárcel y no reflejado en el actual Código, por el ?compromiso adquirido? con una Decisión Marco del Consejo de Europa, de 2008, que insta a homogeneizar la legislación de los Estados miembros en la lucha contra el racismo y la xenofobia.
Pero esta normativa europea no exigía hilar tan fino como ha hecho el Ejecutivo. Obliga sí, a condenar la ?apología pública, la negación o trivialización flagrante? de ?crímenes de genocidio?, pero sin hacer referencias concretas al Holocausto ni a otros episodios genocidas del siglo XX, como los de Ruanda o Sebrenica.
?Una redacción sinuosa?
La forma, todavía provisional, en la que está redactado el nuevo artículo es ?extravagante?, según fuentes jurídicas consultadas por 20minutos.es, y la referencia a los crímenes probados en Nüremberg ?ampliamente sobrepasada e innecesaria?.
Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, considera que era necesario incorporar una referencia explícita al Holocausto, sobre todo, argumenta, por ?el crecimiento exponencial del negacionismo difundido a través de Internet?, pero también reconoce como ?sinuosa? y ?ambigua? la prosa utilizada por los juristas.
Según juristas, incluir una referencia a Nüremberg es una ?extravagancia? además de algo ?innecesario?Además de introducir una referencia extemporánea a los crímenes cometidos por los nazis, el nuevo artículo contiene una coda final que limita los delitos de negación de genocidio a cuando estos ?favorezcan un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación?.
Un matiz ?interpretativo? que, en palabras de Ibarra, ?seguramente trata de vadear? una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2007. En esta sentencia, el TC declaró parcialmente inconstitucional el punto 607.2 del actual CP porque la prohibición de negar el Holocausto chocaba con el derecho a la libertad de expresión.
Un ministro ?amigo sincero? de Israel
Gallardón, impulsor de esta nueva reforma del Código Penal, es el ministro del Gobierno que públicamente ha mostrado más simpatías hacia Israel. Fue el primer miembro del gabinete de Rajoy que visitó el país, en mayo de este año. Una gira diplomática en la que, además de participar en una ceremonia de homenaje a las víctimas de la Shoah, recibió el doctorado Honoris Causa de la Universidad de Haifa por su ?trayectoria a favor de las relaciones de amistad y cooperación entre España e Israel desde todos los puestos oficiales que ha ocupado?.
Este mismo mes de octubre, dos días antes de la presentación en Consejo de Ministros de las los cambios en el Código Penal, entre ellos los referidos al Holocausto, Gallardón se reunió con el presidente del Comité Judío Americano, David Harris, y el Presidente de Comunidades Judías en España, Isaac Querub.
Según fuentes ministeriales, en la reunión se trataron temas relacionados con los problemas que afrontan los judíos en Europa, uno de ellos el crecimiento del ?virus? del negacionismo, pero ?de ninguna manera hubo presión? sobre el ministro para que incluyera sus peticiones en el borrador de reforma, porque ?éste estaba redactado con anterioridad a dicha cita?.
Gallardón se ha manifestado siempre, desde sus comienzos políticos como presidente de la Comunidad de Madrid y también siendo alcalde de la capital, como defensor y ?amigo sincero? de la causa de Israel, aunque crítico con su postura en relación con el conflicto palestino. Fue vicepresidente de la Casa Sefarad, a quien concedió en 2009, no sin polémica, un palacete en el centro de la ciudad como sede de la institución, y ha participado en celebraciones judías ataviado con la kipá (tradicional gorro usado en los rituales judíos).
El negacionismo en Europa
Si finalmente la reforma del Código Penal incorpora la tipificación como delito del negacionismo, para cualquier genocidio, pero también y específicamente referido al Holocausto, España seguiría la estela ?aunque con varias décadas de retraso? de otros países que contemplan medidas similares en sus ordenamientos jurídicos.
Francia y Alemania incluyeron en su ordenamiento medidas similares hace varias décadasDentro Europa, los países que consideran delito negar la solución final ?entre ellos Francia y Alemania (cuya población judía en 2009, según la Jewish Agency For Israel, era de 485.000 y 120.000 personas, respectivamente)? fueron potencias que, a diferencia de España (donde residen actualmente unos 12.000 judíos), sí combatieron en la II Guerra Mundial. En éstos, la conciencia social por la responsabilidad en los crímenes del nazismo sigue presente en el imaginario político e histórico.
Son Estados, además, en los que hay una fuerte presencia de escuelas revisionistas de pseudohistoriadores, cuyos argumentos negacionistas gozan de amplia difusión, y que cuentan con partidos políticos de extrema derecha que, como en el caso del Frente Nacional francés, trivializan abiertamente el Holocausto.
?Una forma de prevenir el antisemitismo?
Las asociaciones judías en nuestro país consultadas han mostrado su satisfacción por la medida, aunque de forma ?discreta?, porque se trata del primer paso de una reforma que tardará meses en ser aprobada, y que está sujeta a cambios durante su tramitación parlamentaria.
?Estamos muy contentos, es una forma de prevención del antisemitismo?, dice Yessica San Román, del área de Holocausto de la Casa Sefarad en España, ?aunque nosotros no hemos pedido expresamente al Gobierno que legisle en este sentido?. San Román recalca que, desde su óptica, ?todos los escritos revisionistas tienen un claro contenido judeofóbico?.
Desde la Federación de Comunidades Judías de Madrid también se valora positivamente que se legisle en este sentido, aunque expresan sus ?reservas?, puesto que la redacción final de la norma aún no se conoce y prefieren no pronunciarse sobre algo todavía ?etéreo?.
En cualquier caso, consideran que una medida así ?sería muy necesaria?, según su portavoz, María Royo. ?Era un tema pendiente y ya era hora que el España lo incluyera?.

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Sin embargo el Holocausto Franquista se entierra en el olvido y ni se menciona la crueldad con la que se aterrorizó al pueblo español durante 4 décadas de totalitarismo.


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diwp
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Re: Nuevos hits de Gallardón, el Ministro Cursilón

Mensajepor diwp » Jue Sep 19, 2013 1:35 pm

theiban escribió:Este señor nos arrastra al medievo:

El nuevo Código Penal prevé hasta seis años de cárcel para los titulares de webs de enlaces
El juez podrá ordenar el bloqueo del acceso a la web y la retirada de los contenidos

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/es ... 213336.htm

19 de septiembre de 2013 10:05

El anteproyecto de reforma de la Ley del Código Penal que está sobre la mesa debatirá incluir la pena de cárcel para los titulares o administradores de las webs de enlaces. Se le llaman así a las páginas que, aunque no cuentan con contenidos protegidos por los derechos de autor, muestran el camino hacia las que sí los tienen de forma masiva.
Según recoge El País, la propuesta de Alberto Ruiz Gallardón contempla penas de entre dos y seis años de cárcel, multas de 18 a 36 meses e inhabilitación especial para trabajar en el ámbito relacionado con el delito.
Estas mismas penas serán a las que se enfrenten aquellos que sean responsables de una web de descargas en la que se facilita la localización de contenidos con propiedad intelectual para los que no se ha obtenido permiso del autor, siempre que se obtenga algún tipo de beneficio. En el caso de las páginas en las que los usuarios son los que suben los enlaces, también serán considerados como responsables los titulares de la web.
En caso de ratificarse la comisión del delito, el juez podrá bloquear el acceso a la web de descargas y la retirada de los contenidos.
Top manta
El borrador de la reforma del Código Penal también pena a los casos de venta ambulante, conocido como top manta. La pena podría ser de seis meses a dos años si ha sido una actividad ocasional pero en caso de que cuente con antecedentes o el beneficio económico sea muy alto, la pena se podría sustituir por una multa de uno a seis meses o trabajos comunitarios de 31 a 60 días. Estos supuestos también serán aplicados para los que exporten o almacenen las copias digitales y otras obras protegidas por los derechos de autor.
También está contemplado en el proyecto de Ruiz Gallardón la fabricación, importación o tenencia de dispositivos que neutralicen la protección de programas de ordenador o de consolas. En este caso las multas serán de entre dos o cuatro veces más del beneficio obtenido o que se pudiera lograr.
Esta no es la primera medida del gobierno del PP en cuanto a protección de la propiedad intelectual, el Consejo de Ministros ya aprobó otro anteproyecto con medidas como cambios en la definición de copia privada o un nuevo canon para las universidades.

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pues que vayan emitiendo ya una orden de busca y captura contra los administradores de Google, ¿no?
theiban
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Mensajepor theiban » Dom Sep 22, 2013 1:30 am

La de la Reforma del Código Penal será un éxito de crítica para la convocatoria del 28S:
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Código Penal Gallardón: la criminalización de la resistencia social
Carlos Sánchez Almeida - abogado
18/09/2012 - 07:00h

?La distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público del artículo 558 CP, o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a un año.?

El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, presentó el pasado viernes las líneas fundamentales de la futura reforma del Código Penal. Tal presentación no fue más que una maniobra publicitaria, dado que no vino acompañada por la publicación del Anteproyecto en la web del Ministerio, donde solo puede encontrarse un simple resumen del futuro texto legal.

Ante la falta de transparencia del Ministerio, he tenido que bucear en la red hasta poder tener acceso a un ejemplar del anteproyecto, de fecha 16 de julio, disponible en la web del Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona. Dicho texto experimentará cambios antes de ser remitido a las Cortes en forma de proyecto de ley, pero en cualquier caso permite tener una idea objetiva de la reforma, no condicionada por la propaganda ministerial.

El Código Penal proyectado representa un nuevo retroceso con respecto al llamado Código Penal de la democracia, aprobado en el año 1995. Los tratadistas de derecho penal acostumbran a referirse al Código Penal como ?Constitución en negativo?: allí donde la Carta Magna establece derechos fundamentales, el Código Penal establece los límites de las libertades, las líneas rojas que no se deben traspasar. Y en este sentido, el Código Gallardón deja en números rojos, en negativo, muchas de las libertades que tanto ha costado conseguir.

El establecimiento de la cadena perpetua revisable es, sin duda, el mayor retroceso penal desde la transición, y es de todo punto incompatible con el actual texto constitucional, que establece que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social. Pero no quiero analizar aquí exhaustivamente algo que, con toda seguridad, será debatido en profundidad durante toda la tramitación de la reforma. Prefiero centrarme en un aspecto muy preocupante del proyecto: la criminalización de las nuevas formas de resistencia social.

El proyectado artículo 559, citado al inicio de este artículo, constituye toda una declaración de guerra contra el ciberactivismo en redes sociales. Se criminaliza la difusión de ?mensajes o consignas? que inciten a la comisión de los delitos del artículo 558, ? o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo?. Por si no causase inquietud la indefinición de dichos términos, obsérvese a qué delitos hace referencia el vigente artículo 558:

Serán castigados con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, los que perturben gravemente el orden en la audiencia de un tribunal o juzgado, en los actos públicos propios de cualquier autoridad o corporación, en colegio electoral, oficina o establecimiento público, centro docente o con motivo de la celebración de espectáculos deportivos o culturales. En estos casos se podrá imponer también la pena de privación de acudir a los lugares, eventos o espectáculos de la misma naturaleza por un tiempo superior hasta tres años a la pena de prisión impuesta.

De entrar en vigor la reforma proyectada, puede ser objeto de proceso penal todos aquellos que envíen por Twitter, o cualquier otra red social, consignas ?que sirvan para reforzar la decisión? de perturbar el orden en cualquier acto público de cualquier autoridad.

La reforma no se queda ahí. La nueva redacción de los artículos 550 y 554 hace desaparecer las palabras ?resistencia activa? del Código Penal. Con ello se abre la vía a que la resistencia pasiva como la desarrollada por los colectivos de ? Yayoflautas? o ? Rodea el Congreso? pueda ser criminalizada, una intención que queda meridianamente clara al leer el texto del resumen facilitado por el Ministerio:

La reforma del Código Penal clarifica la definición del delito de atentado que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente. Pero no se equipara con la acción de resistencia meramente pasiva que, junto a la desobediencia, se mantiene, como hasta ahora, penada con entre seis meses y un año de cárcel.

Por si todo esto fuera poco, la reforma deroga el Libro III del Código Penal, y con ello desaparecen las faltas, para convertirse o bien en delitos leves, o bien en infracciones administrativas. Algo que en lo que se refiere a los delitos contra la propiedad tiene consecuencias regresivas: los hurtos y los delitos contra la propiedad intelectual inferiores a 400 euros, que hasta ahora eran faltas, se convierten en delitos leves que generan antecedentes penales.

Acciones de protesta como las protagonizadas en supermercados por la Plataforma de Afectados contra la Hipoteca, o el menudeo conocido como ?Top Manta? no quedarán en un simple juicio de faltas, sino que conducirán al banquillo de un juicio penal por delito.

El malestar social causado por los recortes de derechos fundamentales ha ido en aumento en los últimos años, y ha encontrado en los nuevos movimientos surgidos a la luz del 15-M formas de expresión novedosas, que jugaban al límite con las líneas rojas del Código Penal. La reforma Gallardón pretende adelantar tales líneas rojas, para situar a los activistas pro derechos humanos en la situación de marginalidad de los proscritos.

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theiban
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Mensajepor theiban » Lun Sep 23, 2013 7:16 pm

El Código Penal de Gallardón otorgará un poder enorme a los Guardias de Seguridad privados
Escrito por Redacción Lunes, 23 Septiembre 2013 07:59

http://insurgente.org/index.php/templat ... d-privados

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La reforma del PP al Código Penal trae abundantes noticias que iremos desgranando. La primera es que se acentúa la lucha del régimen contra la disidencia, las movilizaciones serán reprimidas con el Código en la mano de un modo muy severo. Hoy, conocemos, la llave represiva que tendrá la seguridad privada. Hay quien interpreta ya una privatización del "trabajo" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Vean.
"Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.?
Es decir, que se abre la vía para que en el control o represión de determinadas acciones en la calle participen fuerzas de seguridad privada a las que deberá obedecerse con la misma consecuencia que a los funcionarios públicos.

Y atención que no es sólo para el caso de resistencia activa, sino que incluso la resistencia pasiva a un empleado de una empresa de seguridad se considerará atentado.

De aprobarse así el texto, y pocas cosas indican que no lo vaya a ser, se incrementa las posibilidades de actuar de la Seguridad Privada en colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, lo que supone una equiparación en su consideración a efectos de autoridad.

Seguramente veremos empresas de seguridad privada encargadas del control de manifestaciones, lo que también puede suponer de alguna manera una privatización de las funciones de Policía.
Dössierista
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Mensajepor Dössierista » Lun Sep 23, 2013 7:17 pm

¡Joder, y este es el que sus propios monguers del partido consideraban liberal!
theiban
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Mensajepor theiban » Mié Sep 25, 2013 12:07 am

El que robe poco será rentabilizado en la cárcel, las prisiones son un negocio cada día más próspero:

Robar una bolsa de pipas será delito, según el Código Penal de Rajoy
El Gobierno otorga entidad delictiva a cualquier hurto aunque el valor de lo sustraído esté por debajo del límite actual de 400 euros

http://www.publico.es/470058/robar-una- ... l-de-rajoy

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ANDRÉS MUÑIZ Madrid 24/09/2013 07:29
El hurto de una bolsa de pipas en una tienda o de un bolígrafo en una papelería será delito. El Proyecto de Código Penal aprobado por el Gobierno castiga como delito de hurto la sustracción de cualquier bien ajeno "sin la voluntad de su dueño", aunque su valor se sitúe por debajo de los 400 euros, límite que establece la legislación actual.

La supresión de las faltas que propone la reforma se traduce, en el caso de infracciones contra el patrimonio, en que todos los supuestos pasen a tener la consideración de delitos, castigados genéricamente con entre 6 y 18 meses de cárcel.

Sin embargo, para paliar los casos de poca entidad, la reforma establece como circunstancias atenuantes "el escaso valor de los bienes sustraídos y la situación económica de la víctima", en los cuales el juez impondrá una pena de multa de uno a tres meses (lo que significa un mínimo de 180 euros y un máximo de 36.000, pero que debe ajustarse a la cuantía de lo sustraído). Nunca se considerarán de escasa gravedad los hurtos de bienes con valor superior a 1.000 euros.

Fuentes judiciales consultadas por Público calificaron de "engendro" la solución adoptada por el Gobierno al dar la consideración de delito a todas las faltas de hurto, ya que, aunque en los casos de poca entidad pueden tener igual sanción (las faltas estaban castigadas con pena de multa de uno a dos meses), puede provocar situaciones injustas por los antecedentes penales que acarrea el delito. Así, señalan que puede darse el caso de un joven de 18 años que hurte un cd en una tienda, sea condenado por ello, y pase a tener un antecedente penal que le impida opositar a un empleo público.

Las mismas fuentes destacaron que en los últimos tiempos se ha registrado un incremento de hurtos, tradicionalmente cometidos por drogodependientes o bandas, pero ahora también por familias sin recursos. En su opinión, dar la consideración de delito a todas las faltas de hurto perjudica a quienes cometen estos actos de modo ocasional.

Añadieron que ante las "conductas insignificantes" que pueden ser el hurto de objetos de escasísimo valor, podría haberse optado, al suprimir las faltas, por la sanción administrativa, como señalan que ocurre en Alemania.

La reforma introduce además cuatro nuevos casos agravados de hurto, castigados con entre uno y tres años de prisión. Primero, cuando se sustraiga cableado, conducciones, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico. Segundo, cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios quese utilizan para su obtención, siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas oganaderas y se cause un perjuicio grave a las mismas.

Asimismo, considera agravante que "el autor actúe con profesionalidad", que se apreciará cuando tenga "el ánimo de proveerse una fuente de ingresos no meramente ocasional". Parece referirse a los carteristas o a ladrones expertos.

También tendrán castigo de uno a tres años de prisión quienes usen a menores de 16 años para cometer los hurtos. Hasta ahora, el Código habla de menores de 14.

El nuevo Código, que arrancará ahora su tramitación parlamentaria y estará sujeto a las modificaciones que decidan las Cortes, establece además un tipo superagravado de hurto, penado con hasta cuatro años de prisión, cuando el autor, u otro de los partícipes en el delito, "porte un arma u otro instrumento peligroso".

Así como cuando se trate de un miembro de una organización o grupo criminal constituido para la comisión continuada de delitos contra la propiedad, y otro de sus integrantes participe en la comisión del delito.

La reforma establece que a los condenados por cualquiera de los delitos mencionados se les podrá imponer además un medida de libertad vigilada cuando terminen de cumplir sus penas.
FEMDOM
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Mensajepor FEMDOM » Mié Sep 25, 2013 12:38 am

Este trama algo. Se nis va a presentar para proximo presidente?
theiban
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Mensajepor theiban » Mié Sep 25, 2013 3:55 pm

Algo que no se puede negar de Gallardón es que es ambicioso, yo no tengo ninguna duda de que aspira a presidente.

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NABLUS stone thrower
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Mensajepor NABLUS stone thrower » Jue Sep 26, 2013 12:18 pm

Dössierista escribió:¡Joder, y este es el que sus propios monguers del partido consideraban liberal!
Y claro que es liberal. Todo debe estar bajo control de los mercenarios del Estado para que las transacciones de capital sigan su curso sin ningún problema. Toda voz que no apoye esta teoría debe ser callada, ya que va en contra de la ''libertad'' (libertad para qué?). En eso consiste el liberalismo.

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