Me parece muy raro que no haya un hilo aquà sobre esto. Últimamente está saliendo de prisión mucha gente que no son etarras. Los periodistas están persiguiéndolos, la policÃa los vigila, nadie los quiere en sus ciudades ni pueblos.
Está claro que por ley deben salir a la calle, pero los medios de comunicación y la opinión pública en general (creada en parte por esos medios) quieren que se incumpla la ley y los derechos humanos, que si exigen que se cumpla en otros casos, y que sigan en la cárcel.
Yo creo que alguien que ha pasado 20 años en la cárcel por asesinato, violación... no piensa en reincidir, a no ser que sea un enfermo mental. Si no salen ya, saldrÃan en en 10 años o menos.
The death of one is a tragedy
But death of a million is just a statistic
Consecuencias de la sentencia del T.E.D.H.
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Re: Consecuencias de la sentencia del T.E.D.H.
No está tan claro.Will Dennison escribió: Está claro que por ley deben salir a la calle,
Ni siquiera es de Ley de lo que se habla el TEDH, sino de jurisprudencia.
La Ley lo que te dice es que hay un máximo de 30 o 40 años de privación de libertad. Aplicar los beneficios penitenciarios sobre estos 30 o 40 años, o sobre cada pena, no está en ninguna Ley. Es jurisprudencia, y las interpretaciones cambian.
De lo que va esto es de que si se cambia la interpretación de la Ley (jurisprudencia), se supone que no se puede aplicar con caracter retroactivo a gente que cometió el hecho ilícito en una época donde se aplicaba otra interpretación.
Pero como dije en el hilo que ya se abrió sobre esto, en el mismo TEDH hay jueces que no ven retroactividad en el caso concreto. Y a mí me hace sospechar que la Audiencia Nacional y el TS se hayan puesto de acuerdo para sacar a todos los etarras y echarle la culpa al TEDH cuando el TEDH no dice que no se pueda aplicar la Doctrina Parot, sino que no se puede aplicar una jurisprudencia de forma retroactiva en perjuicio del condenado... cosas muy distintas.
Sólo hay que leer la sentencia y extraer conclusiones propias, y no desvirtuadas por un medio u otro.
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A ver, para recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos hay que haber ''agotado las vÃas internas''. Lo que se está incumpliendo es la Constitución:
ArtÃculo 9
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurÃdico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida polÃtica, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquÃa normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurÃdica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
La doctrina Parot fue recurrida al Tribunal Constitucional, y como no les dio la razón, recurrieron al siguiente y último escalón de la justicia a la que tenemos derecho. Ese es el TEDH.
Ahora mismo, el descuento de años si se hace sobre el total de la condena, porque ya está aprobada la ley que permite eso, pero la jurisprudencia que permita que se incumpla la Constitución, ya que se aplicaba una ley que incumplÃa el artÃculo que he copiado arriba, debe ser ''tumbada''.
ArtÃculo 9
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurÃdico.
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida polÃtica, económica, cultural y social.
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquÃa normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurÃdica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
La doctrina Parot fue recurrida al Tribunal Constitucional, y como no les dio la razón, recurrieron al siguiente y último escalón de la justicia a la que tenemos derecho. Ese es el TEDH.
Ahora mismo, el descuento de años si se hace sobre el total de la condena, porque ya está aprobada la ley que permite eso, pero la jurisprudencia que permita que se incumpla la Constitución, ya que se aplicaba una ley que incumplÃa el artÃculo que he copiado arriba, debe ser ''tumbada''.
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No es así, la jurisprudencia aplicaba el Código Penal del año 73 como se debe aplicar y no de la forma chanchullera y cutre en que la aplicaban los jueces antes de la doctrina Parot, no aplicaba ninguna otra ley posterior a los hechos que se juzgaban, por eso era constitucional y además no violaba el convenio de marrasWill Dennison escribió: Ahora mismo, el descuento de años si se hace sobre el total de la condena, porque ya está aprobada la ley que permite eso, pero la jurisprudencia que permita que se incumpla la Constitución, ya que se aplicaba una ley que incumplía el artículo que he copiado arriba, debe ser ''tumbada''.
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Yo opino como Andronikos.
Las dos normas, tanto el CP del 73 como el del 95 permiten la Doctrina Parot.
La Constitución habla de "disposiciones". Y las disposiciones son normas, y como digo ambas normas toleran la doctrina Parot.
Otra cosa es que de repente, y para juzgar ciertos casos, se aplique una doctrina más perjudicial que al resto.
Pero si a todos se le aplica por igual... jurídicamente no debería haber ningún problema. Que no me meto en reproches morales o éticos, simplemente hablo del reproche jurídico que está muy mal enfocado a mi entender. Y creo que es por la necesidad del PP de echarle la culpa de esto a Europa, puesto que según ellos "con los terroristas no se negocia". Y una polla como una olla, como decíamos... han quitado la Doctrina Parot ellos, no el TEDH. Y seguro que se hace a cambio de algo.
Las dos normas, tanto el CP del 73 como el del 95 permiten la Doctrina Parot.
La Constitución habla de "disposiciones". Y las disposiciones son normas, y como digo ambas normas toleran la doctrina Parot.
Otra cosa es que de repente, y para juzgar ciertos casos, se aplique una doctrina más perjudicial que al resto.
Pero si a todos se le aplica por igual... jurídicamente no debería haber ningún problema. Que no me meto en reproches morales o éticos, simplemente hablo del reproche jurídico que está muy mal enfocado a mi entender. Y creo que es por la necesidad del PP de echarle la culpa de esto a Europa, puesto que según ellos "con los terroristas no se negocia". Y una polla como una olla, como decíamos... han quitado la Doctrina Parot ellos, no el TEDH. Y seguro que se hace a cambio de algo.
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Si es un reproche moral, a mí me parece una salvajada encerrar a alguien más de 20 años.
No entiendo por qué hay gente que pide un endurecimiento de las penas y luego se queja de los Estados que mantienen la pena capital.
Todo el Derecho Penal es hipócrita y muy moralista. Además el Código Penal es un parche tras otro, parches que se hacen pensando en votos y en la razón/lógica de los votantes y en los medios de comunicación como medio de captar votos. Parches que en general son una puta mierda y acaban imponiendo cosas absurdas como mayores penas al que rompe un cristal para robar la radio que el que rompe el cristal para llevarse el coche. Mierdas legislativas, que gracias a Dios, hay jueces que no las aplican sin matizarlas.
No entiendo por qué hay gente que pide un endurecimiento de las penas y luego se queja de los Estados que mantienen la pena capital.
Todo el Derecho Penal es hipócrita y muy moralista. Además el Código Penal es un parche tras otro, parches que se hacen pensando en votos y en la razón/lógica de los votantes y en los medios de comunicación como medio de captar votos. Parches que en general son una puta mierda y acaban imponiendo cosas absurdas como mayores penas al que rompe un cristal para robar la radio que el que rompe el cristal para llevarse el coche. Mierdas legislativas, que gracias a Dios, hay jueces que no las aplican sin matizarlas.
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