Alucino:
Pegan a no se cuantos, ni los propios opositores pueden ponerse en contacto.
Tienen fotos de sus jepetos nombres y apellidos en internet, a pesar de que en cuba no hay internet, y lo que es mejor, le dan la voz a la oposición...en twitter!!! pero si no hay internet, quien va a leerlo.
Ah, que igual es mentira.
Tampoco hay partidos políticos...pero TODO dios tiene su partido, su logo y su cara con nombres y apellidos.
Ah, que igual es mentira.
Que hay miles de personas presas por política, pues debe ser por ser comunistas, porque la embajada norteamericana en los cables de wikileaks dice que la oposicion son un par de cientos sin contacto con la sociedad -lo dicen los yankees- y de 200 no me salen las cuentas de miles de encarcelados.
Ah, que igual es mentira.
La Ley 88:
El que suministre, directamente o mediante tercero, al Gobierno de Estados Unidos de América, sus agencias, dependencias, representantes o funcionarios, información para facilitar los objetivos de la Ley "Helms-Burton", el bloqueo y la guerra económica contra nuestro pueblo,
El que, busque información clasificada para ser utilizada en la aplicación de la Ley "Helms-Burton", el bloqueo y la guerra económica contra nuestro pueblo
El que acumule, reproduzca o difunda, material de carácter subversivo del Gobierno de Estados Unidos de América, sus agencias, dependencias, representantes, funcionarios o de cualquier entidad extranjera, para apoyar los objetivos de la Ley Helms-Burton
El que, con el propósito de lograr los objetivos de la Ley "Helms-Burton", el bloqueo y la guerra económica contra nuestro pueblo, encaminados a quebrantar el orden interno, desestabilizar el país y liquidar al Estado Socialista
El que perturbe el orden público con el propósito de cooperar con los objetivos de la Ley "Helms-Burton", el bloqueo y la guerra económica contra nuestro pueblo,
El que, para favorecer los objetivos de la Ley "Helms-Burton", el bloqueo y la guerra económica contra nuestro pueblo, encaminados a quebrantar el orden interno, desestabilizar el país y liquidar al Estado Socialista y la independencia de Cuba, realice cualquier acto dirigido a impedir o perjudicar las relaciones económicas del Estado cubano, o de entidades industriales, comerciales, financieras o de otra naturaleza, nacionales o extranjeras, tanto estatales como privadas,
El que, para la realización de los hechos previstos en esta Ley, directamente o mediante tercero, reciba, distribuya o participe en la distribución de medios financieros, materiales o de otra índole, procedentes del Gobierno de Estados Unidos de América
Ahora, échale un ojo a la Ley Logan o a cualquiera de las leyes sobre injerencia o servicio de un ciudadano autóctono a una potencia extranjera.
AH, SI TODAS LOS CODIGOS PENALES DEL MUNDO LO CONTEMPLAN, SUBNORMAL!!
Ejemplos:
"...todo ciudadano de Estados Unidos, sea quien sea, que, sin autorización de Estados Unidos, emprenda o mantenga, directa o indirectamente, una correspondencia o una relación con un gobierno extranjero o cualquier funcionario o agente de éste, con la intención de influir en las medidas o la conducta de un gobierno extranjero o de cualquier funcionario o agente de éste, respecto a un conflicto o una controversia con Estados Unidos» es susceptible de una sanción que puede llegar a tres años de cárcel
"...cualquier persona que debiendo fidelidad a Estados Unidos, lleve una guerra contra el país o se asocie con sus enemigos, proporcionándoles una ayuda o apoyo en Estados Unidos o en otra parte, es culpable de traición y es susceptible de recibir la pena de muerte, o una sanción de cárcel superior a cinco años..."
"...El hecho de mantener relaciones de inteligencia con una potencia extranjera, una empresa, una organización extranjera o bajo control extranjero, o con sus agentes, con vistas a suscitar hostilidades o actos de agresión contra Francia, se castiga con treinta años de detención criminal y 450.000 euros de multa.
Se castiga con las mismas penas el hecho de proporcionar a una potencia extranjera, a una empresa o una organización extranjera o bajo control extranjero o a sus agentes los medios para emprender hostilidades o ejecutar actos de agresión contra Francia..."
"...serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años los que, con el fin de perjudicar la autoridad del Estado o comprometer la dignidad o los intereses vitales de España, mantuvieran relaciones de inteligencia o relación de cualquier género con gobiernos extranjeros, con sus agentes o con grupos, organismos o asociaciones internacionales o extranjeras..."
"...el que realice maniobras o mantenga relaciones de inteligencia con una potencia extranjera o con cualquier persona que actúe en el interés de una potencia extranjera, para llevar a dicha potencia a emprender la guerra contra Bélgica, o para procurarle los medios, será castigado con prisión de veinte a treinta años. Si las hostilidades ocurren será castigado a cadena perpetua..."
"...el que mantenga relaciones de inteligencia con el extranjero con el objetivo que un Estado extranjero declare la guerra o realice actos de hostilidad contra el Estado italiano, o cometa otros hechos con el mismo objetivo, será castigado con una reclusión no inferior a diez años. Si la guerra estalla, se aplicará la pena de muerte [1]; si las hostilidades se comprueban, se aplicará la cadena perpetua. [1] La pena de muerte se suprime y se sustituye por la cadena perpetua..."
"...El ciudadano que, incluso indirectamente, reciba o se haga prometer del extranjero, para él o para otro, dinero o cualquier otro artículo, o acepte sólo la promesa de ello, con el fin de cometer actos contrarios a los intereses nacionales, será sancionado, si el hecho no constituye el acto más grave, con la reclusión de tres a diez años». La pena se incrementará si «el dinero o el artículo se entregan o se prometen mediante propaganda por medio de la prensa..."
"....1. El que cometa un acto que atente contra la independencia de la Confederación o suponga peligro para esta independencia, o provoque por parte de una potencia extranjera una intromisión en los asuntos de la Confederación, que suponga peligro para la independencia de la Confederación, será castigado con una pena de privación de libertad de un año como mínimo.
2. El que mantenga relaciones de inteligencia con el gobierno de un Estado extranjero o con uno de sus agentes con el objetivo de provocar una guerra contra la Confederación será castigado con una pena de privación de libertad de tres años como mínimo.
En los casos graves, el juez podrá pronunciar una pena de cadena perpetua..."
"...el que reciba dinero u otras donaciones de una potencia extranjera o de cualquiera que actúe en el interés de ésta, con el fin de publicar o difundir escritos, o influir de cualquier forma en la opinión pública en lo que se refiere a la organización interna del Estado..."--->Suecia
Recoge tu owned y metete la 88 por el culo. PAYASO
Los apesebraos éstos se rien de ti mientras se suicidan, comprade.